Requisitos reagrupación familiar extranjero en España
REQUISITOS AGRUPACIÓN FAMILIAR EXTRANJERO EN ESPAÑA
Regulado en el artículo 18 de la Ley 4/2000 modificada por la Ley Orgánica 2/2009 de 11 de diciembre, estableciendo como requisitos para la reagrupación familiar los siguientes:
• Haber obtenido renovación de su residencia inicial salvo los ascendientes que hubieran obtenido la residencia como consecuencia del ejercicio del derecho de reagrupación familiar, que solo podrán ejercerla cuando adquieran la residencia de larga duración.
• Acreditar que dispone de vivienda digna y medios económicos suficientes para mantener unas condiciones de vida mínimas para el extranjero que ejerce el derecho de reagrupación familiar así como para su familia, teniendo en cuenta a efectos de reagrupación familiar que no se tendrán en cuenta, a efectos de computar ingresos, los derivados del sistema de asistencia social.
• Comunicación a las autoridades competentes cuando se trate de la reagrupación familiar de menores de edad, los cuales entren dentro de la educación obligatoria.
